Sin pudor, “aparecen” pintas de  #EsClaudia” sobre un bien público

Por NN Sonora y staff de sergioValle.mx

En una flagrante violación a las disposiciones legales en materia electoral que rigen la propaganda política en tiempos electorales y preelectorales, están “apareciendo” por todas partes elementos visuales que están prohibidos, no solo por estar fuera del plazo legal sino en sitios prohibidos, como son los espacios de carácter público que incluyen puentes de la ciudad.

Tal es el caso de la serie de “#EsClaudia” que aparece repetida a lo largo del puente vehicular al sureste de la ciudad.

A pesar de que el artículo 250 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prohíbe expresamente fijar o pintar propaganda en cualquier elemento de equipamiento urbano, carretero o ferroviario, a los coordinadores de las actividades que Claudia Sheinbaum realiza para promover su imagen, previo a la elección de candidato a la presidencia por su partido, Morena, parecer no importarles violentar la legislación vigente, que a la letra dice:

“Art. 250, 1. (…) d) No podrá fijarse o pintarse en elementos del equipamiento urbano, carretero o ferroviario, ni en accidentes geográficos cualquiera que sea su régimen jurídico”.

Y como sucede en estos casos, quizás esta violación a la ley electoral no reciba castigo, porque no aparecerá remitente visible que admita haber realizado la pinta, la duda es a qué instancia le corresponderá erogar recursos públicos para borrarla, porque está en un bien público considerado que entra e el supuesto referido arriba.

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