Senadores aprueban reforma contra el nepotismo, pero aplicará hasta el 2030

Con 97 votos a favor y 26 en contra, senadores de Morena y aliados aprobaron la reforma constitucional impulsada por la presidenta Sheinbaum, contra el nepotismo y la no reelección.

Pese a que la presidenta Claudia Sheinbaum propuso que entrara en vigor en 2027, los legisladores de Morena y aliados también aprobaron la modificación hecha por el Partido Verde para que entre en vigor en 2030 y no en 2027.

El dictamen de reforma fue avalado de forma unánime con 127 votos a favor.

Sin embargo, los coordinadores del Partido Verde Ecologista de México y de Morena, Manuel Velasco y Adán Augusto López Hernández, firmaron una reserva presentada ante el pleno por el morenista, para que estas medidas apliquen en 2030, lo que también fue aceptado y aplaudido por las bancadas oficialistas.

La reserva fue aprobada por 97 votos a favor, incluidos los de Morena, PVEM, PT y el PRI, y 26 en contra, del PAN y Movimiento Ciudadano.

La modificación provocó las críticas de Marko Cortes, senador del PAN, quien afirmó que Adán Augusto López “busca retrasar la iniciativa para pagar favores políticos” a personajes que se postularán a las elecciones en 2027 y criticó que si entonces, en palabras del morenista, “el nepotismo no está mal de aquí al 2030”.

Como respuesta, López Hernández rechazó estar “pateando el bote”, en referencia a la postergación de solucionar un problema, y aseguró que su partido contempla la no reelección y el nepotismo en sus estatutos. Además de que negó que el acuerdo se negociara “en secreto”.

Con dicho cambio, los senadores de Morena, Saúl Monreal, hermano del gobernador de Zacatecas, David Monreal, además de Félix Salgado Macedonio, padre de la gobernadora de Guerrero, Evelyn Salgado, podrán aspirar a los mismos cargos en 2027, pese a que ambos habían manifestado su acuerdo con la reforma.

¿En qué consiste la reforma?

En esta reforma se establece que no se podrá ser candidato a diputado, senador, presidente de la República, gobernador, diputado local, presidente municipal, regidor, síndico, alcalde o concejal, la persona que tenga o haya tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo familiar con la persona que ejerce la titularidad del cargo que busca.

Este vínculo familiar se tomará en cuenta cuando haya matrimonio o concubinato o relación de pareja, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado.

Además, señala que los senadores y diputados no podrán ser reelectos para el periodo inmediato posterior al ejercicio de su mandato.

Especifica que solo los legisladores federales suplentes podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de propietarias, solo si no ejercieron, pero los senadores y diputados propietarios no podrán ser electos para el siguiente periodo con el carácter de suplentes.

Asimismo, mandata que las constituciones estatales deberán establecer la prohibición de la reelección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores, síndicos de los ayuntamientos, así como para diputados locales.

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