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SCJN aprueba consulta popular contra 5 expresidentes de México

por Staff Sergio Valle

Con el objetivo que se realice una consulta ciudadana para que los ciudadanos mexicanos conozcan sobre “las acciones para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció el Decreto por el que se expide.

Asimismo, la Primera Sala de la SCJN declaró como improcedente la controversia promovida por el INE contra los decretos de la consulta popular para llevar a juicio a los últimos expresidentes de México.

En su demanda el INE, que deberá organizar el proceso, impugnó los decretos al estimar que con su aprobación y expedición el Congreso de la Unión violó su autonomía constitucional y presupuestaria, al omitir proveer los recursos necesarios y suficientes para que el Instituto realizara la referida consulta, dejándolo imposibilitado para cumplir con sus funciones constitucionales.

La Primera Sala determinó que no existe ni constitucional ni legalmente una obligación dirigida al Congreso de la Unión para que al emitir el Decreto que contiene la Convocatoria a la Consulta Popular, establezca o determine los recursos económicos con los que el INE deberá llevar a cabo la organización, difusión, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la consulta popular. Menos aún que deba hacerlo al establecer o reformar la vigencia del Decreto respectivo.

La Sala precisó que conforme al artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta popular y revocación de mandato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019, las atribuciones conferidas al INE en materia de consultas populares, se cubrirán con base en la disponibilidad presupuestaria para el ejercicio de 2019 y los subsecuentes.

Fuente lopezdoriga.com

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