Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, determinó inconstitucional la penalización del aborto voluntario en la etapa inicial del embarazo en el estado de Coahuila.
El máximo tribunal de justicia en México votó por unanimidad para invalidar el artículo 196 del Código Penal de Coahuila en el que se establece sancionar por entre uno y tres años de cárcel a las mujeres que decidan abortar.
Al inicio de la sesión, el ministro presidente Arturo Zaldívar informó que, por razones de fuerza mayor, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo no puede estar en el debate y dio aviso a la Presidencia de la Corte.
La ministra Margarita Ríos Farjat apoyó la propuesta del ministro Luis María Aguilar de invalidar dicho artículo, pues dijo que se trata de un tema de salud pública del que debe hacerse cargo el Estado.
“Estoy en contra de estigmatizar a quienes toman esta decisión que, me parece, si ya de por sí es difícil y dura por la carga moral-social, pero profundamente individual y espiritual- no debería serlo más por la fuerza del Derecho. Nadie se embaraza en ejercicio de su autonomía para después abortar”, enfatizó.
Por su parte, Zaldívar insistió en que deben invalidarse los artículos 195 al 911 del código penal mencionado pues es una incongruencia dejar vivo el tipo de aborto si se pretende invalidar la criminalización de las mujeres.
Aseguró que con la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de declarar inconstitucional la penalización del aborto voluntario, se da un paso más en la lucha histórica por la igualdad, la dignidad y el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres.
Destacó que es un parteaguas en la historia de sus derechos, sobre todo de los más vulnerables. Agregó que inicia una nueva ruta de libertad, claridad, dignidad y de respeto para todas las mujeres.
Fuente heraldodemexico.com.mx