El tema del Covid-19 ha sido abordado desde diferentes aristas por los legisladores del Congreso de Sonora, es por ello que este martes se aprobaron la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional, y el Decreto que reforma el Código Penal y la Ley de Salud.
La Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, CRICP, presentó la iniciativa con proyecto de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional, con un llamado al respeto de nuestros héroes de la salud, por considerar lamentable que para el 19 de abril, la Conapred había recibido 140 denuncias por discriminación derivada de la emergencia sanitaria, de las cuales más del 25 por ciento fueron interpuestas por personal de salud.
Se trata de una norma que toma de base las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, a efecto de que quienes habitan el estado, tengan lo mínimo indispensable para su subsistencia.
Propone que, en casos de emergencia o excepción, como el que actualmente nos encontramos, los gobiernos estatal y municipales deberán encargarse, sin mayor trámite, de garantizar la subsistencia alimentaria de los grupos más vulnerables de la población.
Adicionalmente se aprobaron reformas a la Ley de Salud, con la finalidad de establecer medidas y beneficios que protejan no sólo al personal de salud, sino a sus dependientes, por lo cual se brindará a quienes prestan sus servicios durante la emergencia sanitaria, un bono extraordinario de cuando menos el cinco por ciento de su salario y la habilitación de alojamientos o albergues mientras transcurre la epidemia para mantener a salvo a sus familias de posibles contagios.
Además, dotación completa y suficiente de equipo de protección para evitar contagios, pago de bono extraordinario para apoyo de alimentos o vales de despensas, ayuda para cuidados de dependientes que lo requieran, como pueden ser guarderías; garantía de servicio médico integral en caso de que enfermen en cumplimiento de su deber; indemnización de cuando menos cinco mil días de salario en caso de muerte; e incapacidad total a consecuencia de la enfermedad transmisible, entre otros.
En la Ley de Salud también se actualizan las obligaciones sobre vigilancia de enfermedades transmisibles y notificaciones inmediatas a la autoridad sanitaria en cuanto se detecten aquellas que motiven o hayan motivado una declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud, o declaración de contingencia o emergencia sanitaria epidemiológica dictada por autoridad estatal o federal.