La calidad del aire en Hermosillo es satisfactoria, anunció la directora del Instituto Municipal de Ecología, IME, Santa Nápoles Trujillo.
La funcionaria anunció que se monitorea la calidad del aire y a la vez se trabaja en operativos para detectar y sancionar a quienes realicen quemas al aire libre y que provoquen incendios intencionales.
Detalló que hay dos estaciones de monitoreo ubicadas al norte de la ciudad, en la Universidad Estatal de Sonora, UES; así como otra en el centro, a través de los datos de por la (Red Universitaria de Observatorios Atmosféricos) RUOA.
Según los resultados del Programa de Evaluación y Mejoramiento de la Calidad del Aire (PEMCA), del 21 de abril al 9 de mayo, las partículas PM 10 como las PM 2.5 se mantuvieron por debajo de los límites establecidos por la Norma, por lo tanto, la calidad del aire en Hermosillo ha sido satisfactoria.
Santa Nápoles señaló: “Estamos enfocados en monitorear la calidad del aire en Hermosillo y en garantizar que esta continúe de manera satisfactoria, seguiremos con operativos en conjunto con otras dependencias municipales y estatales para sancionar las quemas al aire libre y a quienes provoquen incendios intencionales”.
Las partículas suspendidas, es decir el polvo que se encuentra en el aire, son una mezcla compleja de materiales sólidos, líquidos y gases suspendidos, que pueden variar significativamente en tamaño, forma y composición, según su origen.
Explicó que el tamaño del material particulado varía desde 0.005 hasta 100 micras de diámetro aerodinámico, esto es, desde unos cuantos átomos hasta el grosor de un cabello humano.
A las de diámetro aerodinámico igual o inferior a los 10 µm o 10 micrómetros (1 µm corresponde a la milésima parte de un milímetro) se las denomina PM10 y a la fracción respirable más pequeña, PM2.5, estas últimas están constituidas por aquellas partículas de diámetro aerodinámico inferior o igual a los 2.5 micrómetros (100 veces más delgadas que un cabello humano).
Enfatizó que a través del PEMCA se miden únicamente las concentraciones del material particulado (polvos) presentes en el aire, los equipos no arrojan resultados respecto a la composición.
La norma oficial mexicana NOM-025-SSA1-2014 establece los valores límites permisibles para la concentración de partículas suspendidas PM10 y PM2.5 en el aire ambiente; para partículas menores a 10 micrómetros PM10 el límite de 24 horas: 75 µg/m3 (microgramos por metro cúbico); y partículas menores a 2.5 micrómetros PM2.5 en límite de 24 horas: 45 µg/m3 (microgramos por metro cubico).